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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 946
FRAUDE, DELITO DE (VENTA DE BIENES GRAVADOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 946
La actividad desplegada por el agente encuadra en la figura delictiva de fraude, si vendió al sujeto pasivo de la infracción un bien inmueble con apariencias de saneado, del que se estipuló que estaba libre de todo gravamen, y obtuvo una cantidad de dinero por dicha operación, habiendo resultado a la postre desposeído del inmueble el comprador, por haberle ocultado el vendedor, el vicio de que adolecía.
Precedentes
Amparo penal directo 2506/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Teófilo Olea y Leyva no voto en este asunto por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.