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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1004
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1004
Concurrió el temor fundado e irresistible de un mal inminente y grave en la persona del contraventor, si la actitud de la víctima, al llevarse la mano a la bolsa después de proferir amenazas en contra de aquél, justificó la actitud del acusado de precipitarse sobre su adversario para sujetarle la mano con la que pretendía sacar el arma, y dado su estado psicológico causado por dichas amenazas y por el hecho de que el occiso y sus familiares habían dado muerte a varios familiares del acusado-, y ante la inminencia del peligro que para el se implicaba si su contrincante lograba sacar el arma, se explica su resolución momentánea irresistible de usar su propia arma y dejar fuera de combate a su adversario, sin que haya existido otro medio practicable y menos perjudicial, ya que no es aceptable que el acusado hubiera huido echándose a correr, dado que en tal caso el peligro habría sido mayor si el occiso tenia pistola, cosa esta que, por lo menos, creía el acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 1789/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Rodolfo Chávez.