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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1135
APELACION EN MATERIA PENAL (INDIVIDUALIZACION DE LA PENA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1135
Si fue materia de apelación del representante social, el punto relativo a que éste consideró sumamente benigna la sanción impuesta, la amplitud jurisdiccional de segunda instancia permite válidamente al tribunal ad quem, estimar en más los índices de temibilidad del prevenido.
Precedentes
Amparo penal directo 4182/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de junio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Genaro Ruiz de Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Luis Chico Goerne.