Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294583
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 195
ENCUBRIMIENTO DE ROBO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 195
Es insuficiente la circunstancia de que el bien robado se encontrara en el domicilio del acusado, para de allí derivar su responsabilidad como encubridor, si fue otra persona quien autorizó que allí se guardara; y siendo así, suponiendo ilícita tal conducta, de ella no puede responder legalmente el acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 1364/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.