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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 417
MIEDO GRAVE Y TEMOR FUNDADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 417
Si en orden a las definiciones aceptadas por los tratadistas, el temor constituye un estado abstracto de la amenaza, en tanto que el miedo exige una objetivación de tal amenaza, ello hace incuestionable que el temor se caracteriza por cierta permanencia de la perturbación del ánimo, en tanto que el miedo implica cierta transitoriedad de tal perturbación anímica.
Precedentes
Amparo penal directo 4309/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.