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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 427
EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 427
Conforme al derecho material, el comportamiento del acusado queda prendido dentro de las llamadas acciones liberae in causa, si no obstante que tiene conocimiento pleno de que el consumo de licor le produce inconsciencia de sus actos con desdoblamiento de su personalidad, voluntariamente ingiere el licor y, con este acto precedente a la realización del evento dañoso, establece una causa decisiva para la producción del resultado último, que es relevante para el derecho material, al ser reprimido.
Precedentes
Amparo penal directo 2419/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Teófilo Olea y Leyva.