Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294649
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 452
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 452
Aun cuando en primera y segunda instancias se haya adoptado el sistema sintético de enunciar simplemente los elementos que tuvo en cuenta el juzgador para fijar la sanción por varios delitos, sin aludir a las penas correspondientes a cada uno de ellos, según los diversos preceptos del Código Penal, es menester determinarlas en el amparo, aunque en forma ficticia, para saber si la sanción impuesta rebasa o no los términos de la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 479/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.