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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 526
FRAUDE (COMPRA DE MUEBLES. LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 526
Si se analiza el contenido del artículo 350, fracción V, del Código Penal del Estado, se advierte que los elementos del fraude específico a que se contrae están constituidos por el hecho de que alguien compre una cosa mueble ofreciendo pagar su precio al contado y rehuse, después de entrar en dominio de ella, pagar el precio o devolver la cosa, si el vendedor le exigiere el pago dentro de los quince días siguientes de que recibió la cosa el comprador. Y el acusado, al no probar que los animales que compró murieron, como lo afirma, manifestó la intención de obtener un lucro o ganancia ilícitos, lo que se evidencia por el hecho de que no habiendo efectuado el pago, conservó la cosa comprada, negándose a devolverla.
Precedentes
Amparo penal directo 609/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.