Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294770
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1061
CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA, MODO HONESTO DE VIVIR Y DELINCUENTES PRIMARIOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1061
Si el reo manifestó ser jornalero modo honesto de vivir, sin que haya prueba en contrario, y por otra parte no aparece de autos que haya delinquido con anterioridad ni observado mala conducta, la autoridad responsable debió otorgarle el beneficio de la condena condicional por concurrir en él presuntivamente acreditadas esas exigencias.
Precedentes
Amparo penal directo 1538/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de febrero de 1955. Mayoría de tres votos. Relator: Genaro Ruiz de Chávez.