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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1132
ROBO, MONTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1132
Para fijar el valor intrínseco de la cosa no es necesario precisamente el avalúo pericial, si de autos se llega a ese valor por otros medios probatorios autorizados por la ley procesal. Así, con una factura expedida por la casa vendedora del automóvil robado, se tiene conocimiento del precio de la mercancía amparada por ella, si fue fechada meses antes de la consumación del delito; y es incuestionable que el automóvil no había sufrido devaluación apreciable, si por el contrario, se ha constatado que el precio de las mercancías en toda la República ha ido aumentando y principalmente las que se adquieren en dólares.
Precedentes
Amparo penal directo 3357/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.