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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1133
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1133
Etimológicamente, el término premeditación, implica meditación, juicio, análisis mental en que se pesan y miden los diversos aspectos, modalidades y consecuencias de un propósito o idea; y el prefijo pre indica que la meditación sea previa, de donde resulta que aplicando esta connotación a los delitos, la premeditación es una circunstancia subjetiva por la que el agente resuelve, previa deliberación mental, previo pensamiento reflexivo, la comisión de un delito.
Precedentes
Amparo penal directo 1194/51. Pimentel Pimentel Miguel. 9 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.