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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1345
ALLANAMIENTO DE MORADA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1345
La penetración al domicilio de los ofendidos con el objeto de robar, no constituye el delito autónomo de allanamiento de morada, pues si los acusados se proponían robar, no se trataba únicamente de violar el domicilio, sino fundamentalmente de cometer el delito de robo y, en tales condiciones, el allanamiento constituyó solo un medio para la realización de los delitos de robo, homicidio y lesiones que resultaron cometidos; y quedando por tanto, subsumido en estos, no puede ser castigado el allanamiento en forma autónoma.
Precedentes
Amparo penal directo 2655/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.