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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1347
ABUSO DE AUTORIDAD, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1347
El artículo 214, fracción II, del Código Penal, establece que dicho delito se comete cuando el funcionario, agente o comisionado, ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas, hiciere violencia sin causa legítima a una persona o la vejare o insultare. Por tanto, aunque el acusado no estuviera el día y hora en que sucedieron los hechos en ejercicio de sus funciones de policía auxiliar, es evidente que cometió el delito si actuó, si no en ejercicio de sus funciones, si con motivo de ellas, o sea, revestido de su carácter de autoridad como agente de la policía auxiliar.
Precedentes
Amparo penal directo 3370/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.