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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1391
USO DE DOCUMENTOS FALSO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1391
Si no hay ninguna prueba de que la acusada haya intervenido en la alteración que se hizo al expedirse la copia certificada del acta original de nacimiento de una menor, no puede considerarse comprobado el cuerpo del delito de uso de documento falso, toda vez que si hubo falsificación, en todo caso fue cometida por la autoridad que expidió la copia certificada.-
Precedentes
Amparo penal directo 4266/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.