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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1660
RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1660
Cuando está acreditada la pretensión necesaria del proceso penal pretensión punitiva, es posible la procedencia de la pretensión al resarcimiento del daño, mas esta acción contingente crea la exigencia de que aparte de que se hubieran demostrado los presupuestos lógicos del proceso penal, asimismo se hubieran aportado pruebas, por parte del actor, para demostrar su acción.
Precedentes
Amparo penal directo 3624/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.