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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1690
CHEQUES SIN FONDOS POSTDATADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1690
Aun cuando un cheque se desnaturaliza si se le postdata, pues con esto, de instrumento incondicional de pago que es se convierte en sólo un documento de crédito o garantía, tal criterio no tiene aplicación si quedó plenamente probado que el cheque se dató un día después del en que se expidió, porque siendo ese día inhábil, no podía ser presentado para su cobro en el banco; pero no porque entrara en la mente de quien lo expidió o de su tomador que fuese una garantía, ni quedaba sujeto a ninguna condición que le hiciera perder su naturaleza de cheque.-
Precedentes
Amparo penal directo 365/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.