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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1836
MINISTERIO PUBLICO, DECLARACIONES ANTE EL, EN MATERIA PENAL (TESTIGOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1836
El informe de la testigo de cargo no carece de validez, si es inexacto que el Agente del Ministerio Público haya obtenido su declaración cuando tenía ya el carácter de parte del en el proceso, puesto que practicó su examen antes de que se dictará el auto inicial de la causa, el que se proveyó después de que el mismo Agente del Ministerio Público había remitido al juzgado el acta que contenía la mencionada declaración, como aplicación de las diligencias que practicó y que originaron la consignación de los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 2523/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.