Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/294957
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1887
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS Y FRAUDE, DELITOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1887
Si el acusado falsificó la firma en un cheque extendido a nombre de otra persona, poniendo el nombre de ésta de su puño y letra, y lo cobró por conducto de su coacusado, esos elementos son suficientes para acreditar debidamente los cuerpos de los delitos de falsificación y de fraude, así como la responsabilidad del inculpado en la comisión de los mismos.
Precedentes
Amparo penal directo 844/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.