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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 294996
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2098
PECULADO (BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, S.A).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2098
El elemento constitutivo del delito de peculado, relativo a que sin ser funcionario el reo, haya estado encargado de un servicio público descentralizado, se prueba si tenía la calidad de Jefe de Zona del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A., y si quedó demostrado que a sugestión del reo unos ejidatarios firmaron pagarés por distintas cantidades que quedaron en poder de aquél, como préstamo que le hicieran, tal comportamiento se subsume, sin dar pábulo a la duda, dentro del tipo penal de peculado, habida cuenta de que el dinero proporcionado por el Banco a los ejidatarios fue única y exclusivamente en calidad de avío, para que efectuaran las siembras indicadas en cada uno de los pagarés; pero en vez de darle este destino lo proporcionaron al ahora quejoso en calidad de préstamo, consumándose así una patente distracción del objeto para el cual estaba destinado ese dinero.
Precedentes
Amparo penal directo 2298/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 31 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.