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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2133
CONFESION DEL REO OBTENIDA POR MEDIO DE LA VIOLENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2133
No es necesario que los médicos que expidan el certificado relativo para hacer constar la existencia de las lesiones causadas a los reos para obtener su confesión, tengan el carácter de peritos médicos legistas, dado que no se trata de la clasificación de las lesiones.
Precedentes
Amparo penal directo 4767/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.