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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 45
TESTIGOS EN MATERIA PENAL, AMPLIACION DE SUS DECLARACIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 45
La autoridad sentenciadora procede legalmente al no otorgar eficacia probatoria a las ampliaciones de los testigos, porque merecen mayor convicción las declaraciones iniciales producidas a raíz de los acontecimientos, en virtud de que se presupone que relatan los hechos con veracidad por no haber tenido ocasión de ponerse de acuerdo con el acusado u otros presenciales o los defensores de aquél, y más si los declarantes no explican las causas por las cuales habían omitido algunos hechos en sus primitivas deposiciones.
Precedentes
Amparo penal directo 5374/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.