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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 94
TESTIGOS EN MATERIA PENAL, APRECIACION DE SUS DECLARACIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 94
Es bien sabido, conforme a las reglas que rigen la apreciación de la prueba, que quien miente en un punto es capaz de mentir en otro.
Precedentes
Amparo penal directo 5736/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.