Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295068
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 189
VAGANCIA Y MALVIVENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 189
Mediante el delito de vagancia y malvivencia no se trata de castigar nuevamente los delitos patrimoniales de que anteriormente resultó responsable el acusado, sino simplemente tomar esos antecedentes como índice de la peligrosidad de su conducta, que aunados a la circunstancia de no dedicarse a un trabajo honesto, configuran el delito de vagancia y malvivencia, tal cual lo concibe la definición legal.
Precedentes
Amparo penal directo 912/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de octubre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.