Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295099
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 332
PARTICIPACION DELICTUOSA (DROGAS ENERVANTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 332
Si la marihuana se encontró en la casa en que la acusada vivía con su esposo, de esto no se sigue que estuviera en posesión de dicho enervantes, por no ser ella el jefe del hogar, y estar demostrado por su propia confesión y por declaraciones de algunos de los coprocesados que era de la propiedad de aquél, que fue quien tomó en arrendamiento la finca; además de que en su carácter de esposa no cometió delito al no denunciar a las autoridades la existencia de la marihuana en poder de su marido, ya que así se desprende de lo dispuesto en la fracción IX, inciso b), del artículo 15 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 14/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.