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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 439
RESPONSABILIDAD PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 439
Es bien sabido que el delito es ante todo acción antijurídica, pero al mismo tiempo, y siempre, típicamente antijurídica; mas esta última propiedad está ausente en los casos en que existe una causa de exclusión del injusto. Por eso no puede ser la antijuridicidad de la acción una característica del tipo para de ello deducir que dicha conducta está referida a una consecuencia jurídica de penalidad, ya que la dogmática de la culpabilidad crea la exigencia de que dicha conducta encuadre en un tipo legal.
Precedentes
Amparo penal directo 8491/37. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.