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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 630
DROGAS ENERVANTES (CONDENA CONDICIONAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 630
De acuerdo con la excepción contenida en la parte final del artículo 194, reformado, del Código Penal, no podrá otorgarse el beneficio de la condena condicional, aunque la pena impuesta no exceda de dos años, entre otros casos, a los que comercian con enervantes.
Precedentes
Amparo penal directo 4089/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.