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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295159
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 781
IDENTIFICACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 781
La disposición procesal que ordena la identificación del procesado, al dictarse el auto de formal prisión correspondiente, no puede reputarse como inconstitucional, porque no es cierto que la identificación carcelaria sea una molestia que, por indebida, viole sus garantías, puesto que es consecuencia legal de su formal prisión y sirve para identificarlo para los efectos de su proceso y para su custodia, y además, tal identificación va en función de su calidad de procesado y no de sentenciado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3365/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.