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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1043
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1043
Si el inculpado aceptó haber recibido los bienes muebles objeto del delito y haber dispuesto de ellos fraudulentamente, aun aceptando que no hubiese sido requerido de su devolución o del pago de su importe, esta circunstancia no es elemento indispensable para la integración del abuso de confianza.
Precedentes
Amparo penal directo 3622/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.