Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295244
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1496
DROGAS ENERVANTES, POSESION DELICTUOSA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1496
Aunque el imputado, de acuerdo con el certificado médico relativo, tenga el carácter de toxicómano, si la cantidad del enervante que poseía es de tal consideración que, dada su cuantía, lógicamente no puede admitirse que lo destinaba para su uso personal, no queda cubierta su conducta de acuerdo con el artículo 525 del Código de Procedimientos Penales.
Precedentes
Amparo penal directo 1786/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.