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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de septiembre de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 117/2006-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
295246
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1524

DROGAS ENERVANTES.

[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1524

Precedentes

Amparo penal directo 667/52. Rodríguez Giles María Luisa y coag. 29 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de septiembre de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 117/2006-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 295246