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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1833
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1833
No por la circunstancia de que el ofendido, a juicio del acusado, le haya dado motivo para lesionarlo, deben conceptuarse los hechos cometidos en riña, si es evidente que entre ambos no existió ninguna contienda de obra.
Precedentes
Amparo penal directo 4874/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.