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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295304
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1909
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1909
A un peritaje debe otorgarse la eficacia que le corresponde en juicio, aunque sólo haya sido rendido por la parte acusada, pues a ésta no le es imputable la negligencia en que pueda haberse incurrido al no integrarse debidamente las cuestiones sometidas al juicio pericial; pero no para estimar el peritaje es necesario estudiar las constancias procesales.
Precedentes
Amparo penal directo 2540/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.