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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2266
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2266
No aparece que el acusado, al privar de la vida al occiso, lo hubiera hecho repeliendo una agresión actual por la que corriera inminente peligro su vida, para que pudiera configurarse la eximente de responsabilidad de legítima defensa, si de la versión que da, de haber sido golpeado previamente, sin justificación alguna, no se infiere que su agresor estuviera armado, circunstancia que descarta la inminencia del peligro de su vida o de sus bienes y, por ende, la excluyente de responsabilidad referida. Si el heridor reveló claramente su disposición anímica de contender, que culminó con lesionar al hoy occiso, es fácil deducir que se configuró la modalidad delictiva de la riña.
Precedentes
Amparo penal directo 5079/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.