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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 518
ABUSO DE AUTORIDAD (APREHENSION SIN ORDEN JUDICIAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 518
Si el propio acusado aprehendió al ofendido, en su carácter de agente de policía, aprehensión que llevó a cabo si la orden judicial correspondiente, como de acuerdo con la fracción IV del artículo 214 del Código Penal federal, cuando cualquier agente de gobierno, sea cual fuere su categoría, ejecute cualquier acto arbitrario y atentatorio de los derechos garantizados por la constitución, de los cuales cobra relieve la libertad de la persona humana, resulta incuestionable que la conducta desplegada por el acusado configura el delito de abuso de autoridad, pues el comportamiento desplegado por él implica una flagrante violación de las facultades que están reservadas al poder judicial, para juzgar de los delitos perpetrados por persona imputable y a quien es reprochable una trasgresión de la ley a título de culpabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 10196/44. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.