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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 610
FUERO MILITAR, INCOMPETENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 610
Aunque cuando sucedieron los hechos, el reo prestaba sus servicios en la Secretaría de la Defensa Nacional, si ninguna constancia de autos conduce a determinar que su realización la hiciera precisamente en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo, es indudable que los mismos no podían ser susceptibles de investigación por medio de la autoridad judicial castrense y, menos aún, sujetos a su decisión y sanción penal; y por tanto, la sentencia relativa con que culminó el consiguiente proceso, se encuentra afectada nulidad por incompetencia de la autoridad que la dictó.
Precedentes
Amparo penal directo 939/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.