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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 723
FRAUDE (COMPRA DE DERECHOS LITIGIOSOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 723
Tratándose de la compra de derechos litigiosos, la operación respectiva de derechos de esa índole, supone deseos de ganancia y, por lo mismo, el que así procede para aumentar su patrimonio, no puede llamarse a engañado cuando ocurren incidentes en el juicio que hacen perder la acción que el consideraba segura, por lo que en tal caso no se integran los elementos constitutivos del delito de fraude genérico.
Precedentes
Amparo directo penal 9980/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.