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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 809
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 809
La excluyente de responsabilidad de legítima defensa, no llegó a configurarse, si el peligro inminente de su vida había cesado para el acusado, circunstancia que debe integrar la tipificación de dicha excluyente; y su conducta, al agredir a su víctima, lo puso en el plano mismo de la ilicitud de su agresor, generando la modalidad delictiva de la riña, si fue objeto de otro golpe.
Precedentes
Amparo penal directo 3751/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.