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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1217
LESIONES, CLASIFICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1217
El artículo 253 del Código Penal, no comprende el caso de incapacidad parcial y temporal, pues solo se refiere a las lesiones que perturban para siempre la vista, o disminuyen la facultad de oír, entorpezcan o debiliten permanentemente una mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso de la palabra o alguna de las facultades mentales.
Nota: El artículo de referencia corresponde al 291 del Código Penal para el Distrito Federal de 1931.
Precedentes
Amparo penal directo 5039/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.