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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1285
DROGAS, ENERVANTES (TOXICOMANOS Y TRAFICANTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1285
No es aplicable el artículo 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, si el reo, además de ser un toxicómano, también era traficante de la droga que consumía, por lo que independientemente del tratamiento a que tenga que sujetarse, está afecto a la responsabilidad como autor del delito contra la salud en su modalidad de posesión y tráfico de mariguana, y, por consiguiente, tiene que sancionársele de acuerdo con el artículo 194 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 4957/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.