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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1427
REPARACION DEL DAÑO, TRATANDOSE DE DELITOS PATRIMONIALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1427
En casos en que el delito consiste en aprovechamiento de dinero, la reparación del daño tiene el carácter de restitución y, por lo mismo, para señalar su cuantía de restitución y, por lo mismo para señalar su cuantía no debe tomarse en cuenta la capacidad económica del sentenciado.
Precedentes
Amparo penal directo 2642/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.