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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1557
OBEDIENCIA JERARQUICA COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1557
Existe entre los copartícipes que intervinieron en el suceso de privar de la vida y lesionar a los ofendidos, una situación jurídica de codelincuencia a la que precedió una detención ilegal de éstos, si tanto el Presidente Municipal, cuanto los policías ejecutores, lejos de remover el estado antijurídico creado por dicha detención ilegal, procedieron a lesionar y dar muerte con toda saña a los ofendidos, cuando yacían inermes y atados. Podría decirse que dado el régimen inconstitucional que se vive en gran número de Municipios, el Presidente Municipal representa al jefe de un cacicazgo que usufructúan y ejercen en orden jerárquico, desde el Diputado, Presidente Municipal y demás órganos administrativos, hasta sus policías subalternos, integrando verdaderas asociaciones delictuosas, dado el antecedente de su organización y finalidades inconfesables.
Precedentes
Amparo penal directo 2874/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Quinta Epoca:
Tomo CXXI, pág. 1566. Amparo penal directo 3616/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.