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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1648
TESTIGOS EN MATERIA PENAL (MENORES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1648
Por lo que hace a un testigo que tenía pocos años de edad, esta circunstancia no invalida su testimonio, si no le faltaban capacidad ni instrucción para apreciar los hechos que presenció, por haber caído bajo sus sentidos, de manera que su dicho tiene toda la fuerza que la ley le atribuye.
Precedentes
Amparo penal directo 5588/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.