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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295512
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1652
ABANDONO DE PERSONAS, DELITO DE (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1652
El delito de abandono de personas, conforme a lo dispuesto en el artículo 311 del código de defensa social del estado, lo constituye el abandono del cónyuge sin motivo justificado y sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia; y si por iniciativa de los propios padres de la acusadora, esta fue a vivir al lado de aquellos, indiscutiblemente, no se encontró en el caso ni de haber sido abandonada sin motivo, ni mucho menos careciendo de medios de subsistencia.
Precedentes
Amparo penal directo 5748/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.