Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295533
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1803
CALIFICATIVAS (LEGISLACION EL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1803
El artículo 291 del Código Penal del Estado no exige la concurrencia de las tres circunstancias: premeditación, alevosía y ventaja, para declarar calificado el homicidio; pues hasta la comprobación de una sola de ellas, según los términos de dicho precepto.
Precedentes
Amparo penal directo 3103/54. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.