Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295535
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1803
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1803
La reparación del daño comprende la restitución de la cosa obtenida por el delito y, si no fuere posible, el pago del precio de la misma; y siendo así, es evidente que esa sanción surge en cada caso en que, con motivo de una infracción a la ley substantiva penal, se ataca el patrimonio material o moral de la víctima, reparación del daño que tiene la amplitud del mismo daño y se determina en cada caso por los medios probatorios que la ley procesal establece.
Precedentes
Amparo penal directo 4849/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.