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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1811
CUERPO DEL DELITO (HOMICIDIO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1811
Si le fue concedido un amparo anterior al acusado, para el efecto de que se practicara un careo, y una vez desahogado éste, se pronunció la ejecutoria que se objeta; se infiere que el auto de formal prisión que tuvo por acreditado el cuerpo del delito de homicidio fue ya revisado y al respecto existe una verdad legal establecida.
Precedentes
Amparo penal directo 2276/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Genaro Ruiz de Chávez.