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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1853
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1853
Si aparece plenamente probada la responsabilidad penal del reo como autor de la infracción antisocial de daño en propiedad ajena, el hecho de que quien se dijo era el propietario de la casa dañada, no se haya presentado ante la autoridad a acreditar que efectivamente tiene el carácter de propietario, en nada favorece a dicho reo, si el Ministerio Público fue quien ejercitó la acción.
Precedentes
Amparo penal directo 1722/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.