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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 194
COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 194
Si bien es verdad que la declaración de un coacusado no equivale a la de un testigo, sí produce presunciones vehementes cuando no ha rehuido su responsabilidad, por lo que proviniendo de tres coacusados confesos, hacen prueba plena respecto a la culpabilidad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal directo 364/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.