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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2034
ENCUBRIMIENTO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2034
Si el reo confeso que en tres ocasiones anteriores tuvo dificultades en virtud de que adquirió objetos sin que los vendedores acreditaran su legal adquisición, y que por ello intervino la oficina de comisiones de seguridad, y si consta que la última adquisición que hizo el reo de la cosa robada por otra persona la efectuó sin tomar precauciones para cerciorarse de su legítima procedencia, se cumple la situación a que se refiere el artículo 400, fracción II, reformado, del Código Penal, para establecerse que su conducta tipificó el delito de encubrimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 4030/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.