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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2414
PRUEBA PERICIAL APRECIACION DE LA (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2414
El artículo 608 del Código de Justicia Militar establece, en cuanto a la valoración de la prueba pericial, que el juzgador la estimará según las circunstancias, o sea, que la deja a su prudente arbitrio.
Precedentes
Amparo penal directo 3713/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.